Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 150-2020-COFOPRI/TAP
7 de diciembre de 2020
Artículo 1: Declarar la NULIDAD de la Resolución Jefatural N° 031-2019- COFOPRI/OZAYAC emitida por la Oficina Zonal Ayacucho el 30 de abril del 2019. En consecuencia REPONER el procedimiento a la etapa de calificación de la reclamación de acuerdo con lo dispuesto en el décimo catorce y el décimo sétimo fundamento de la presente Resolución.
Artículo 2: INSUBSISTENTE el recurso de apelación interpuesto por JULIA GREGORIA GONZÁLES DE HINOSTROZA, conforme los fundamentos que sustenta la presente resolución.
Artículo 3:RECOMENDAR a la Oficina Zonal Ayacucho tener presente lo señalado en el décimo sétimo fundamento de la presente resolución.
Artículo 2: INSUBSISTENTE el recurso de apelación interpuesto por JULIA GREGORIA GONZÁLES DE HINOSTROZA, conforme los fundamentos que sustenta la presente resolución.
Artículo 3:RECOMENDAR a la Oficina Zonal Ayacucho tener presente lo señalado en el décimo sétimo fundamento de la presente resolución.