Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 129-2020-COFOPRI/TAP
5 de noviembre de 2020
Artículo 1: Declarar INFUNDADOS los recursos de apelación y nulidad presentados por SILVIA LOPEZ QUISPE;
Artículo 2: REVOCAR la Resolución Jefatural N° 0002-2017-COFOPRI/OZPUN emitida por la Oficina Zonal Puno el 16 de marzo de 2017; modificándola, DECLARAR la INCOMPETENCIA de COFOPRI para resolver el concurso de derechos de propiedad existente sobre el Lote 18 de la Manzana “U” del Centro Poblado Nuñoa Barrio Central Sur Progresista y para emitir el instrumento de formalización de la propiedad sobre dicho bien; de conformidad con lo expuesto en el vigésimo primero y demás considerandos de la presente resolución; dejando a salvo el derecho de los administrados para hacerlos valer ante autoridad competente de acuerdo a Ley.
Artículo 2: REVOCAR la Resolución Jefatural N° 0002-2017-COFOPRI/OZPUN emitida por la Oficina Zonal Puno el 16 de marzo de 2017; modificándola, DECLARAR la INCOMPETENCIA de COFOPRI para resolver el concurso de derechos de propiedad existente sobre el Lote 18 de la Manzana “U” del Centro Poblado Nuñoa Barrio Central Sur Progresista y para emitir el instrumento de formalización de la propiedad sobre dicho bien; de conformidad con lo expuesto en el vigésimo primero y demás considerandos de la presente resolución; dejando a salvo el derecho de los administrados para hacerlos valer ante autoridad competente de acuerdo a Ley.