Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 096-2020-COFOPRI/TAP
30 de setiembre de 2020
Artículo 1: LEVANTAR la suspensión dispuesta por la Resolución de Jefatura N° 163- 2008-COFOPRIOZAYAC emitida por la Oficina Zonal Ayacucho el 15 de octubre de 2008, de conformidad con los fundamentos expuestos, a efectos que la referida oficina zonal retome la tramitación del presente procedimiento a la brevedad posible.
Artículo 2: Declarar NULA el Acta de Inspección emitida el 04 de febrero de 2011, por las razones expuestas en el noveno considerando del presente pronunciamiento.
Artículo 3: EXHORTAR a la Oficina Zonal Ayacucho a tramitar el presente procedimiento dentro de los plazos de ley, conforme lo señalado en el décimo fundamento de la presente resolución.
Artículo 4: REMITIR copia certificada de la presente resolución a la Secretaría Técnica de COFOPRI, de acuerdo con mencionado en el décimo primer considerando que sustenta la presente.
Artículo 2: Declarar NULA el Acta de Inspección emitida el 04 de febrero de 2011, por las razones expuestas en el noveno considerando del presente pronunciamiento.
Artículo 3: EXHORTAR a la Oficina Zonal Ayacucho a tramitar el presente procedimiento dentro de los plazos de ley, conforme lo señalado en el décimo fundamento de la presente resolución.
Artículo 4: REMITIR copia certificada de la presente resolución a la Secretaría Técnica de COFOPRI, de acuerdo con mencionado en el décimo primer considerando que sustenta la presente.