Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 095-2020-COFOPRI/TAP
30 de setiembre de 2020
Artículo 1: Declarar NULA en parte, la Resolución Jefatural N° 00135-2017- COFOPRI/OZPUN emitida por la Oficina Zonal Puno el 29 de setiembre de 2017, en el extremo que declara improcedente el recurso de reclamación formulado por GERMAN DOMINGO CHOQUE CHARCA;
Artículo 2: LEVANTAR la suspensión del procedimiento, dispuesta mediante la referida Resolución Jefatural venida en consulta y, Disponer la continuación del presente procedimiento, de conformidad con lo expuesto en el undécimo y demás considerandos de la presente resolución.
Artículo 3: REMITIR a la Secretaría Técnica de COFOPRI, copia certificada de la presente resolución, conforme a lo expuesto en el duodécimo considerando del presente pronunciamiento.
Artículo 2: LEVANTAR la suspensión del procedimiento, dispuesta mediante la referida Resolución Jefatural venida en consulta y, Disponer la continuación del presente procedimiento, de conformidad con lo expuesto en el undécimo y demás considerandos de la presente resolución.
Artículo 3: REMITIR a la Secretaría Técnica de COFOPRI, copia certificada de la presente resolución, conforme a lo expuesto en el duodécimo considerando del presente pronunciamiento.