Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 094-2020-COFOPRI/TAP

23 de setiembre de 2020

Artículo 1: Declarar IMPROCEDENTE la queja por defecto de tramitación que suponen paralización o infracción de plazos establecidos; y, la solicitud de la aplicación del Silencio Positivo o Negativo, presentada por Carlos Víctor Valdivia Cruz, conforme a los fundamentos de la presente resolución.

Artículo 2: RECOMENDAR a la Oficina Zonal Lima Callao tener en cuenta lo señalado en el décimo segundo considerando de la presente resolución.
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