Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 088-2020-COFOPRI/TAP
23 de setiembre de 2020
Artículo 1: Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOS FICUS DE PUENTE PIEDRA, representada por Alejandro Victoria Vargas, en calidad de presidente del concejo directivo.
Artículo 2: CONFIRMAR la Resolución Nº 717-2018-COFOPRI/OZLC emitida por la Oficina Zonal Lima - Callao el 19 de julio del 2018, de acuerdo con los fundamentos que sustentan en la presente resolución.
Artículo 3: INTEGRAR la citada resolución, disponiendo la devolución de los documentos presentados por la solicitante y el archivo del presente expediente, de acuerdo con lo expuesto en el décimo sétimo considerando de la presente resolución.
Artículo 2: CONFIRMAR la Resolución Nº 717-2018-COFOPRI/OZLC emitida por la Oficina Zonal Lima - Callao el 19 de julio del 2018, de acuerdo con los fundamentos que sustentan en la presente resolución.
Artículo 3: INTEGRAR la citada resolución, disponiendo la devolución de los documentos presentados por la solicitante y el archivo del presente expediente, de acuerdo con lo expuesto en el décimo sétimo considerando de la presente resolución.