Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 060-2020-COFOPRI/TAP
5 de agosto de 2020
Artículo 1. Declarar FUNDADA a queja por defectos de tramitación que suponen paralización o infracción de plazos establecidos formulada por TEOFILO TORRES HUAMAN, conforme a los considerandos que sustentan la presente resolución.
Artículo 2. DISPONER que la Oficina Zonal Ayacucho cumpla con resolver el procedimiento administrativo de mejor derecho de posesión, respecto del Lote 8, Mz “D1” del Centro Poblado Santa Rosa ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, tramitado bajo el Expediente N° Exp. 03-2017-LITI, de acuerdo con lo dispuesto en el décimo tercer considerando de la presente resolución.
Artículo 3. REMITIR la copia del presente pronunciamiento a Secretaria Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones según lo dispuesto en el sexto fundamento del presente pronunciamiento.
Artículo 2. DISPONER que la Oficina Zonal Ayacucho cumpla con resolver el procedimiento administrativo de mejor derecho de posesión, respecto del Lote 8, Mz “D1” del Centro Poblado Santa Rosa ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, tramitado bajo el Expediente N° Exp. 03-2017-LITI, de acuerdo con lo dispuesto en el décimo tercer considerando de la presente resolución.
Artículo 3. REMITIR la copia del presente pronunciamiento a Secretaria Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones según lo dispuesto en el sexto fundamento del presente pronunciamiento.