Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 048-2020-COFOPRI/TAP
15 de julio de 2020
Artículo 1. Declarar FUNDADA la queja formulada por CLAUDIO SAMUEL MALDONADO MENDOZA en representación del Centro Poblado Cercado de Puente Piedra — Sector 4, ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, de conformidad con lo expuesto en el décimo octavo y demás considerandos de la presente resolución.