Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 044-2020-COFOPRI/TAP
15 de julio de 2020
Artículo 1. Declarar FUNDADA la queja por defectos de tramitación formulada por SANDRA KARINA CORDERO PALOMINO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2. DISPONER que la Oficina Zonal Ayacucho cumpla en el más breve plazo con proceder a realizar las acciones dispuestas en el décimo considerando del presente pronunciamiento.
Artículo 3. REMITIR copia de la presente queja, sus recaudos y de la presente resolución al Secretario Técnico de COFOPRI, de acuerdo con lo expuesto en el sexto considerando de la presente resolución.
Artículo 2. DISPONER que la Oficina Zonal Ayacucho cumpla en el más breve plazo con proceder a realizar las acciones dispuestas en el décimo considerando del presente pronunciamiento.
Artículo 3. REMITIR copia de la presente queja, sus recaudos y de la presente resolución al Secretario Técnico de COFOPRI, de acuerdo con lo expuesto en el sexto considerando de la presente resolución.