Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 011-2020-COFOPRI/TAP
22 de enero de 2020
Artículo 1. Declarar FUNDADA la queja por defectos de tramitación formulada por SATURNINA PALOMINO HUAMÁN, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2. DISPONER que la Oficina Zonal Ayacucho cumpla en el más breve plazo con proceder a realizar las acciones dispuestas en el noveno considerando de la presente resolución.
Artículo 3. REMITIR copia de la presente queja, sus recaudos y de la presente resolución al Secretario Técnico de COFOPRI, de acuerdo con lo expuesto en el quinto considerando de la presente resolución.
Artículo 2. DISPONER que la Oficina Zonal Ayacucho cumpla en el más breve plazo con proceder a realizar las acciones dispuestas en el noveno considerando de la presente resolución.
Artículo 3. REMITIR copia de la presente queja, sus recaudos y de la presente resolución al Secretario Técnico de COFOPRI, de acuerdo con lo expuesto en el quinto considerando de la presente resolución.