Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 137-2021-COFOPRI/TAP
16 de noviembre de 2021
Artículo 1. Declarar IMPROCEDENTE la queja por defectos de tramitación formulada por Braulio Tapia Bocangelino, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2. REMITIR copia del escrito de queja y del presente pronunciamiento a la Secretaria Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones según lo dispuesto en el considerando 7 de la presente resolución.
Artículo 2. REMITIR copia del escrito de queja y del presente pronunciamiento a la Secretaria Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones según lo dispuesto en el considerando 7 de la presente resolución.