Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 137-2021-COFOPRI/TAP

16 de noviembre de 2021

Artículo 1. Declarar IMPROCEDENTE la queja por defectos de tramitación formulada por Braulio Tapia Bocangelino, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Artículo 2.
REMITIR copia del escrito de queja y del presente pronunciamiento a la Secretaria Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones según lo dispuesto en el considerando 7 de la presente resolución.

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