Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 129-2021-COFOPRI/TAP
19 de octubre de 2021
Artículo 1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por ESTHER MIRIAM RUIZ MEDINA.
Artículo 2. CONFIRMAR la Resolución Jefatural Nº D000305-2020-COFOPRI/OZLC emitida por la Oficina Zonal Lima el 29 de octubre de 2020, e INTEGRAR de acuerdo con lo señalado en el considerando 27 de la presente resolución, respecto:
a) Declarar Infundado el escrito de reclamación presentado porEsther Miriam Ruiz Medina; b) Aceptar el Desistimiento de Walter Wilen Dávila López sobre la acumulación del lote 14 al lote 29 que es materia del presente procedimiento; c) respecto de la forma de la adjudicación del Lote 29 de la Mz. "J" de la Posesión Informal Asociación de Pobladores Micaela Bastidas del Zapallal a Walter Wilen Dávila López y María Mercedes Silva Quipan, se deberá tener en cuenta lo dispuesto las normas contenidas en el Capítulo IV del Reglamento de Formalización al momento de la adjudicación;
Artículo 2. CONFIRMAR la Resolución Jefatural Nº D000305-2020-COFOPRI/OZLC emitida por la Oficina Zonal Lima el 29 de octubre de 2020, e INTEGRAR de acuerdo con lo señalado en el considerando 27 de la presente resolución, respecto:
a) Declarar Infundado el escrito de reclamación presentado porEsther Miriam Ruiz Medina; b) Aceptar el Desistimiento de Walter Wilen Dávila López sobre la acumulación del lote 14 al lote 29 que es materia del presente procedimiento; c) respecto de la forma de la adjudicación del Lote 29 de la Mz. "J" de la Posesión Informal Asociación de Pobladores Micaela Bastidas del Zapallal a Walter Wilen Dávila López y María Mercedes Silva Quipan, se deberá tener en cuenta lo dispuesto las normas contenidas en el Capítulo IV del Reglamento de Formalización al momento de la adjudicación;