Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 113-2021-COFOPRI/TAP
14 de setiembre de 2021
Artículo 1. Declarar FUNDADA la queja por defectos de tramitación que suponen paralización o infracción de plazos establecidos formulada por VIVIANA ARROYO TOCTO, conforme a los considerandos que sustentan la presente resolución.
Artículo 2. DISPONER que la Oficina Zonal Lambayeque cumpla con resolver el procedimiento administrativo de mejor derecho de posesión, respecto del Lote 31, de la Manzana "W1" del Pueblo Tradicional Olmos, ubicado en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, tramitado bajo el Expediente Nº 034-2013-LITI LAMBAYEQUE, de acuerdo con lo dispuesto en el noveno considerando de la presente
Artículo 3. REMITIR la copia del presente pronunciamiento a Secretaría Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones según lo dispuesto en el quinto fundamento del presente pronunciamiento.
Artículo 2. DISPONER que la Oficina Zonal Lambayeque cumpla con resolver el procedimiento administrativo de mejor derecho de posesión, respecto del Lote 31, de la Manzana "W1" del Pueblo Tradicional Olmos, ubicado en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, tramitado bajo el Expediente Nº 034-2013-LITI LAMBAYEQUE, de acuerdo con lo dispuesto en el noveno considerando de la presente
Artículo 3. REMITIR la copia del presente pronunciamiento a Secretaría Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones según lo dispuesto en el quinto fundamento del presente pronunciamiento.