Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 095-2021-COFOPRI/TAP
27 de julio de 2021
Artículo 1. CONFIRMAR la Resolución Nº 534-2016-COFOPRI/OZLC emitida por la Oficina Zonal Lima - Callao el 29 de agosto de 2016, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución;
Artículo 2. Declarar IMPROCEDENTES el recurso de apelación contra la aludida Resolución Nº 534-2016-COFOPRI/OZLC y la Solicitud de Uso de la Palabra, presentados por Lorenzo Vella Estremadoyro y José Azañedo Flores, de conformidad con lo expuesto en el décimo cuarto considerando de la presente resolución;
Artículo 3. DISPONER que se remita a la Procuraduría Pública de COFOPRI, copia certificada de la presente resolución, de conformidad con lo expuesto en el décimo quinto considerando del presente pronunciamiento.
Artículo 2. Declarar IMPROCEDENTES el recurso de apelación contra la aludida Resolución Nº 534-2016-COFOPRI/OZLC y la Solicitud de Uso de la Palabra, presentados por Lorenzo Vella Estremadoyro y José Azañedo Flores, de conformidad con lo expuesto en el décimo cuarto considerando de la presente resolución;
Artículo 3. DISPONER que se remita a la Procuraduría Pública de COFOPRI, copia certificada de la presente resolución, de conformidad con lo expuesto en el décimo quinto considerando del presente pronunciamiento.