Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 123-2022-COFOPRI/DE
25 de julio de 2022
Artículo 1. Revocar la Resolución de Jefatura Nº 0451-2017-COFOPRI/OZLAMB del 29 de noviembre del 2017 emitida por la Oficina Zonal Lambayeque a propósito del Expediente Nº 049-2015-LITI que declara fundado el recurso de reclamación presentado por Pedro Julián Vásquez Tello en el marco del procedimiento de mejor derecho de posesión en relación al Lote 1 de la Manzana H, ubicado en la Urbanización Ramón Castilla, distrito, provincia y departamento de Lambayeque, con Partida Nº P10080718 del Registro de Predios; por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Artículo 2. Disponer a la Oficina Zonal Lambayeque, en el campo de sus competencias y responsabilidades de inicio a las acciones de formalización a efecto de que en su oportunidad se proceda a la emisión del título de saneamiento de lote precisado en el artículo anterior, con arreglo a lo preceptuado por la normativa de la materia. Coordinará en lo que corresponda con la Subdirección de Calificación de la Dirección de Formalización Individual.
Artículo 3. Disponer que, corresponde a la Unidad de Recursos Humanos a través de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI; precalificar la presunta responsabilidad que haya lugar respecto del personal interviniente en el caso que es objeto de la presente resolución, de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo 92 y la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y, el artículo 91 del Reglamento General de la citada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Oficina Zonal Lambayeque, la Subdirección de Calificación de la Dirección de Formalización Individual, y la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI, para su conocimiento y acciones correspondientes. Asimismo, la notificación a los administrados Pedro Julián Vásquez Tello y María Alicia Gamarra Riojas.
Artículo 2. Disponer a la Oficina Zonal Lambayeque, en el campo de sus competencias y responsabilidades de inicio a las acciones de formalización a efecto de que en su oportunidad se proceda a la emisión del título de saneamiento de lote precisado en el artículo anterior, con arreglo a lo preceptuado por la normativa de la materia. Coordinará en lo que corresponda con la Subdirección de Calificación de la Dirección de Formalización Individual.
Artículo 3. Disponer que, corresponde a la Unidad de Recursos Humanos a través de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI; precalificar la presunta responsabilidad que haya lugar respecto del personal interviniente en el caso que es objeto de la presente resolución, de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo 92 y la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y, el artículo 91 del Reglamento General de la citada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Oficina Zonal Lambayeque, la Subdirección de Calificación de la Dirección de Formalización Individual, y la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI, para su conocimiento y acciones correspondientes. Asimismo, la notificación a los administrados Pedro Julián Vásquez Tello y María Alicia Gamarra Riojas.