Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 068-2021-COFOPRI/TAP
18 de mayo de 2021
Artículo 1. Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por Ángel Carlos Alejandro Núñez Ghersi, de acuerdo con lo expuesto décimo tercer considerando de la presente
Artículo 2. Declarar NULA la Resolución Jefatura! Nº 035-2019-COFOPRI-OZARE emitida el 29 de marzo de 2019. En consecuencia, REPONER el presente procedimiento administrativo a la etapa de evaluación de la reclamación, a fin que la Oficina Zonal Arequipa proceda conforme lo dispuesto en el vigésimo tercer considerando de la presente resolución.
Artículo 3. Declarar INSUBSISTENTE el recurso de apelación interpuesto por GUILLERMO CÉSAR NÚÑEZ GHERSI.
Artículo 4. EXHORTAR a la Oficina Zonal Arequipa a tener en cuenta lo señalado en el vigésimo quinto considerando del presente pronunciamiento.
Artículo 2. Declarar NULA la Resolución Jefatura! Nº 035-2019-COFOPRI-OZARE emitida el 29 de marzo de 2019. En consecuencia, REPONER el presente procedimiento administrativo a la etapa de evaluación de la reclamación, a fin que la Oficina Zonal Arequipa proceda conforme lo dispuesto en el vigésimo tercer considerando de la presente resolución.
Artículo 3. Declarar INSUBSISTENTE el recurso de apelación interpuesto por GUILLERMO CÉSAR NÚÑEZ GHERSI.
Artículo 4. EXHORTAR a la Oficina Zonal Arequipa a tener en cuenta lo señalado en el vigésimo quinto considerando del presente pronunciamiento.