Resolución de Gerencia General N.° 022-2022-COFOPRI/GG
30 de mayo de 2022
Artículo 1°. Declarar procedente la solicitud de defensa legal formulada por el señor José Luis Quilcate Tirado, en su condición de ex servidor civil, como Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, referida al Expediente N° 02683-2021-0-1706-JR-CI-01, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2°. Precisar que la defensa legal que se concede comprende a todo el proceso judicial, hasta que la misma adquiera la calidad de cosa juzgada, ya sea ante el Juzgado, Sala Superior o Corte Suprema, que se sigue ante el Primer Juzgado Especializado Civil de la provincia de Chiclayo del Módulo Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Expediente N° 02683-2021-0-1706-JR-CI-01.
Artículo 3°. Disponer que la Oficina de Administración y la Unidad de Abastecimiento, en el ámbito de sus competencias adopten las acciones pertinentes para proceder con la contratación de la defensa legal, cuya solicitud ha sido aprobada en el artículo 1° de la presente resolución; debiendo dar cumplimiento a la normatividad aplicable en materia de contrataciones del Estado y de ejecución de gasto, así como a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC “Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE y modificatorias.
Artículo 4°. Disponer la notificación de la presente Resolución al ex servidor civil José Luis Quilcate Tirado, así como a la Oficina de Administración y a la Unidad de Abastecimiento para su conocimiento y fines.
Artículo 2°. Precisar que la defensa legal que se concede comprende a todo el proceso judicial, hasta que la misma adquiera la calidad de cosa juzgada, ya sea ante el Juzgado, Sala Superior o Corte Suprema, que se sigue ante el Primer Juzgado Especializado Civil de la provincia de Chiclayo del Módulo Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Expediente N° 02683-2021-0-1706-JR-CI-01.
Artículo 3°. Disponer que la Oficina de Administración y la Unidad de Abastecimiento, en el ámbito de sus competencias adopten las acciones pertinentes para proceder con la contratación de la defensa legal, cuya solicitud ha sido aprobada en el artículo 1° de la presente resolución; debiendo dar cumplimiento a la normatividad aplicable en materia de contrataciones del Estado y de ejecución de gasto, así como a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC “Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE y modificatorias.
Artículo 4°. Disponer la notificación de la presente Resolución al ex servidor civil José Luis Quilcate Tirado, así como a la Oficina de Administración y a la Unidad de Abastecimiento para su conocimiento y fines.