Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 039-2022-COFOPRI/DE
2 de marzo de 2022
Artículo 1. Dar por concluida la designación del señor Aldo José Chaparro Luy, como Coordinador General del Proyecto de Inversiones: “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”; y, revocar la representación legal de la Unidad Ejecutora 003 a cargo del Proyecto, dispuesta en la Resolución Directoral Nº D000111-2021- COFOPRI-DE, con eficacia anticipada al 14 de febrero de 2022, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2. Formalizar la encargatura de la señorita Luisa Fernanda Fajardo Vidal, como Coordinadora General del Proyecto de Inversiones “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, a cargo de la Unidad Ejecutora 003: Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura, en adición a sus funciones como Coordinadora de Monitoreo y Evaluación del Proyecto, con eficacia anticipada al 15 de febrero de 2022, en tanto se designe al titular.
Artículo 3. Delegar a la señorita Luisa Fernanda Fajardo Vidal, Coordinadora General (e) del Proyecto de Inversiones: “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, la función de representación legal de la Unidad Ejecutora 003: Creación del Servicio de Catastro Urbano en los distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura, en adición a sus funciones como Coordinadora de Monitoreo y Evaluación del Proyecto, con eficacia anticipada al 15 de febrero de 2022.
Artículo 4. Las funciones que ejercerá la representante legal mencionada en el artículo precedente, son las siguientes:
a) La representación legal de la Entidad, Unidad Ejecutora 003, en los procedimientos tramitados ante las entidades públicas y/o privadas, nacionales e internacionales y/u organismos de cooperación internacional.
b) Ejercer la representación legal de la Unidad Ejecutora 003 ante las entidades financieras para hacer efectiva la ejecución de garantías presentadas por los contratistas/proveedores.
c) Expedir resoluciones administrativas cuando sea necesario, así como aprobar directivas que precisen las funciones y responsabilidades de los consultores individuales que conforman la Unidad Ejecutora 003, pudiendo delegar esta facultad.
d) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) y sus modificaciones.
e) Autorizar la solicitud de inscripción de la Unidad Ejecutora 003, como Entidad Contratante en el SEACE del OSCE, y la solicitud de asignación, actualización y desactivación del Certificado SEACE.
f) Representar a la Unidad Ejecutora 003 en todos los procedimientos y/o gestiones tributarias tramitados ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT.
g) Representar a la Unidad Ejecutora 003 en todas las gestiones que pudieran corresponder ante el Banco de la Nación y cualquier otra entidad bancaria, con facultad para designar a los responsables del manejo de las cuentas corrientes de la Unidad Ejecutora 003.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI (www.gob.pe/cofopri) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Artículo 2. Formalizar la encargatura de la señorita Luisa Fernanda Fajardo Vidal, como Coordinadora General del Proyecto de Inversiones “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, a cargo de la Unidad Ejecutora 003: Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura, en adición a sus funciones como Coordinadora de Monitoreo y Evaluación del Proyecto, con eficacia anticipada al 15 de febrero de 2022, en tanto se designe al titular.
Artículo 3. Delegar a la señorita Luisa Fernanda Fajardo Vidal, Coordinadora General (e) del Proyecto de Inversiones: “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, la función de representación legal de la Unidad Ejecutora 003: Creación del Servicio de Catastro Urbano en los distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura, en adición a sus funciones como Coordinadora de Monitoreo y Evaluación del Proyecto, con eficacia anticipada al 15 de febrero de 2022.
Artículo 4. Las funciones que ejercerá la representante legal mencionada en el artículo precedente, son las siguientes:
a) La representación legal de la Entidad, Unidad Ejecutora 003, en los procedimientos tramitados ante las entidades públicas y/o privadas, nacionales e internacionales y/u organismos de cooperación internacional.
b) Ejercer la representación legal de la Unidad Ejecutora 003 ante las entidades financieras para hacer efectiva la ejecución de garantías presentadas por los contratistas/proveedores.
c) Expedir resoluciones administrativas cuando sea necesario, así como aprobar directivas que precisen las funciones y responsabilidades de los consultores individuales que conforman la Unidad Ejecutora 003, pudiendo delegar esta facultad.
d) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) y sus modificaciones.
e) Autorizar la solicitud de inscripción de la Unidad Ejecutora 003, como Entidad Contratante en el SEACE del OSCE, y la solicitud de asignación, actualización y desactivación del Certificado SEACE.
f) Representar a la Unidad Ejecutora 003 en todos los procedimientos y/o gestiones tributarias tramitados ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT.
g) Representar a la Unidad Ejecutora 003 en todas las gestiones que pudieran corresponder ante el Banco de la Nación y cualquier otra entidad bancaria, con facultad para designar a los responsables del manejo de las cuentas corrientes de la Unidad Ejecutora 003.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI (www.gob.pe/cofopri) y en el Portal de Transparencia Estándar.