Resolución de Gerencia General N.° 142-2021-COFOPRI/DE

28 de octubre de 2021

Artículo 1. Declarar la nulidad de oficio del Título de Propiedad del Lote 5, Manzana 10, Sector 4 del Centro Poblado Cercado de Puente Piedra, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P01390916 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima; debiendo retrotraerse el procedimiento de formalización a la etapa de empadronamiento.

Artículo 2. Disponer que, compete a la Unidad de Recursos Humanos a través de la Secretaría Técnica de apoyo de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de COFOPRI; precalificar la presunta responsabilidad del personal que participó en la calificación de “el predio” y la emisión del respectivo Título de Propiedad; de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo 92 y la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y, el artículo 91 del Reglamento General de la citada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.

Artículo 3. Notificar la presente resolución a la Oficina Zonal Lima - Callao, así como a las partes que forman parte del presente procedimiento.

Artículo 4. Disponer que la Oficina Zonal Lima - Callao gestione la inscripción registral de la presente resolución.
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