Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 108-2021-COFOPRI/DE
16 de agosto de 2021
Artículo 1. Declarar la lesividad de la Resolución Jefatural N° 001-2019- COFOPRI/OZHUANUC del 03 de enero de 2019, debiendo retrotraerse el procedimiento a la etapa de calificación de recurso de apelación de la Resolución Jefatural N° 023- 2018-COFOPRI/OZHUANUC del 21 de mayo de 2018 que resuelve, entre otros, la emisión del título de propiedad del lote 11 de la manzana H del Centro Poblado La Unión, distrito de La Unión, provincia de Dos de Mayo y departamento de Huánuco, por atentar contra la legalidad administrativa, conforme a los fundamentos contenidos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2. Encargar a la Procuradora Pública del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI ejecutar las acciones necesarias para el inicio del Proceso Contencioso Administrativo al que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2. Encargar a la Procuradora Pública del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI ejecutar las acciones necesarias para el inicio del Proceso Contencioso Administrativo al que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolución.