Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 083-2021-COFOPRI/DE
26 de junio de 2021
Artículo 1. Declarar la nulidad de oficio de cuarenta y seis (46) Títulos de Saneamiento de Propiedad emitidos el 11 de marzo del 2019, 12 de abril del 2019, 24 de abril del 2019 y 13 de junio de 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; respecto de los predios que se detallan en el ANEXO, que forma parte integrante de la presente resolución; debiendo retrotraerse el proceso de formalización de los mencionados predios hasta la etapa del Proceso 1: Formalización Integral.
Artículo 2. Disponer que, corresponde a la Unidad de Recursos Humanos a través de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI; precalificar la presunta responsabilidad del personal que participó en la emisión de los cuarenta y seis (46) Títulos de Saneamiento de Propiedad, emitidos el 11 de marzo del 2019, 12 de abril del 2019, 24 de abril del 2019 y 13 de junio de 2019, indicados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo 92 y la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y, el artículo 91 del Reglamento General de la citada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.
Artículo 3. Declarar firme la presente resolución, en tanto no procede interponer recurso impugnatorio alguno, quedando así agotada la vía administrativa de conformidad a lo previsto en el literal d) del numeral 228.2 del artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Subdirección de Calificación de la Dirección de Formalización Individual, la Oficina Zonal Puno, la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI; así como a los titulares de los predios indicados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2. Disponer que, corresponde a la Unidad de Recursos Humanos a través de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI; precalificar la presunta responsabilidad del personal que participó en la emisión de los cuarenta y seis (46) Títulos de Saneamiento de Propiedad, emitidos el 11 de marzo del 2019, 12 de abril del 2019, 24 de abril del 2019 y 13 de junio de 2019, indicados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo 92 y la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y, el artículo 91 del Reglamento General de la citada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.
Artículo 3. Declarar firme la presente resolución, en tanto no procede interponer recurso impugnatorio alguno, quedando así agotada la vía administrativa de conformidad a lo previsto en el literal d) del numeral 228.2 del artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Subdirección de Calificación de la Dirección de Formalización Individual, la Oficina Zonal Puno, la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI; así como a los titulares de los predios indicados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente resolución.