Comunicado 020-2022/CEPLAN

Comunicado
Ampliación del Horizonte de los Planes de Desarrollo Regional Concertado al 2027
COMUNICADO 20

30 de noviembre de 2022 - 2:24 p. m.

Mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N°80-2022/CEPLAN/PCD del 28 de noviembre de 2022, se amplía de forma excepcional el horizonte temporal hasta el 2027 de los Planes de Desarrollo Regional Concertado que tienen su horizonte temporal hasta el año 2025, siendo aplicable a los PDC que hayan sido aprobados debidamente y cuenten con informe técnico del Ceplan.
 
El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), ente rector del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), en concordancia con lo establecido en la Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado, comunica a las Entidades que conforman el SINAPLAN lo siguiente:
 
1.    Se amplía de forma excepcional el horizonte temporal hasta el 2027 de los Planes de Desarrollo Regional Concertado que tienen su horizonte temporal hasta el año 2025, siendo aplicable a los PDC que hayan sido aprobados debidamente y cuenten con informe técnico del Ceplan, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° N°80-2022/CEPLAN/PCD, estableciendo el 30 de noviembre de 2022 como plazo máximo para que los gobiernos regionales remitan sus solicitudes de ampliación de plazo de los Planes de Desarrollo Regional Concertado al correo electrónico tradoc@ceplan.gob.pe

2.    Para realizar el procedimiento de solicitud, tomar en cuenta el Anexo N° 01 Diagrama de Flujo sobre ampliación de horizonte temporal de PDRC, para la aprobación de la ampliación del horizonte temporal de estos planes, así como la Matriz de objetivos y acciones estratégicas y logros esperados hasta el 2027, que se encuentra en el Anexo N° 02, mediante el cual los gobiernos regionales deberán remitir la información correspondiente junto a la solicitud de ampliación de horizonte temporal de PDRC.

3.    Se precisa que, los gobiernos locales deberán articular su Plan Estratégico Institucional a los Planes de Desarrollo Regional Concertado de su ámbito jurisdiccional.

4.    Se dispone en el Articulo 6, que, los gobiernos regionales y gobiernos locales a nivel provincial y distrital, deben continuar o iniciar con carácter de urgencia la formulación de los planes de desarrollo concertado con un horizonte 2024 al 2034; en un plazo no mayor a 90 días calendario; de ser el caso en que los territorios culminen el proceso de formulación del PDC antes de febrero de 2023, el horizonte temporal del plan deberá ser del 2023 al 2033.

5.    Asimismo, para revisar y descargar la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N°80-2022/CEPLAN/PCD se podrá acceder a través del siguiente enlace: