Resolución de Coordinación Ejecutiva N.° 47-2023- MINAM/VMDERN/PNCBMCC
9 de noviembre de 2023
Modificar el numeral 5.5 y el item 5.2.1 del Anexo N° 04 la Directiva N° 002-2020- MINAM/VMDERN/PNCB “Directiva que regula el mecanismo de Transferencias Directas Condicionadas con Comunidades Nativas y Campesinas para la conservación de bosques”, aprobada mediante Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 27-2020- MINAM/VMDERN/PNCB y modificatorias, conforme se detalla a continuación:
“5.5. DE LA SUBVENCIÓN ECONÓMICA 5.5.1. La subvención económica que otorga el PNCBMCC a la Comunidad Socia se determina por la superficie de bosques existentes en la Comunidad comprometidos para conservación, a razón de hasta S/ 12.00 (doce y 00/100 soles) por hectárea de bosques por año convenio; su destino es la implementación de las actividades aprobadas en el Plan de Implantación y el PGI. (…)”
“ANEXO N° 04: Formato referencial del Convenio para Conservación de Bosques (…)
5.2. EL PROGRAMA, se compromete a:
5.2.1. Transferir a LA COMUNIDAD una subvención económica para la ejecución del Plan de Gestión del Incentivo, a razón de hasta S/ 12.00 (DOCE Y 00/100 Soles) por hectárea de bosque conservado, verificado a través de sistema de monitoreo de bosques de EL PROGRAMA, por año convenio. La subvención económica por año convenio asciende a S/. …………………. ( ………………………… Soles), la misma que se otorgará de forma adelantada, en una o más armadas según lo determine EL PROGRAMA, condicionada al cumplimiento por parte de LA COMUNIDAD de los compromisos asumidos en el presente Convenio. Las modificaciones en la superficie de bosques a conservar, generan ajustes en la subvención económica a entregar. (…)”
“5.5. DE LA SUBVENCIÓN ECONÓMICA 5.5.1. La subvención económica que otorga el PNCBMCC a la Comunidad Socia se determina por la superficie de bosques existentes en la Comunidad comprometidos para conservación, a razón de hasta S/ 12.00 (doce y 00/100 soles) por hectárea de bosques por año convenio; su destino es la implementación de las actividades aprobadas en el Plan de Implantación y el PGI. (…)”
“ANEXO N° 04: Formato referencial del Convenio para Conservación de Bosques (…)
5.2. EL PROGRAMA, se compromete a:
5.2.1. Transferir a LA COMUNIDAD una subvención económica para la ejecución del Plan de Gestión del Incentivo, a razón de hasta S/ 12.00 (DOCE Y 00/100 Soles) por hectárea de bosque conservado, verificado a través de sistema de monitoreo de bosques de EL PROGRAMA, por año convenio. La subvención económica por año convenio asciende a S/. …………………. ( ………………………… Soles), la misma que se otorgará de forma adelantada, en una o más armadas según lo determine EL PROGRAMA, condicionada al cumplimiento por parte de LA COMUNIDAD de los compromisos asumidos en el presente Convenio. Las modificaciones en la superficie de bosques a conservar, generan ajustes en la subvención económica a entregar. (…)”