Resolución de Administración N.° 111-2020-BNP-GG-OA
31 de diciembre de 2020
RECONOCER a la demandante la suma de S/ 6,774.33 (SEIS MIL SETENCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 33/100 SOLES), tomando en consideración que de la revisión del Resumen Anual del Trabajador por Dependencia – 2010, se visualizó que la demandante no asistió a su centro de laborales un día de agosto y un día en diciembre 2010, en cumplimiento de la Resolución N° 32 emitida por el 24° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Metropolitana en el Expediente N° 22913-2011 con la Sra. ANA BELLIDO, el cual se encuentra detallado en el Anexo N° 1 de la presente resolución.