Resolución de la Unidad de Administración N.° 110-2022-MIMP-AURORA-UA

6 de diciembre de 2022

 Artículo 1º. - DECLARAR la nulidad de oficio de las Cartas N°s. D000665 y D000678-2022-MIMP-AURORA-SA de fechas 03 y 12 de agosto del 2022 emitidas por la Subunidad de Abastecimiento a través del cual se requirió al contratista Empresa de Transportes Nacionales Humbolt S. A., el cumplimiento de las prestaciones del Contrato N° 006-2021- AURORA, y se resolvió el referido contrato respectivamente, al haber sido emitido por órgano no competente que afecta su requisito de validez de conformidad a lo establecido en el artículo 213 en concordancia con el artículo 10 del TUO de la LPAG. 

Artículo 2°. – DISPONER que la Subunidad de Abastecimiento en el marco de sus competencias restituya la ejecución contractual del Contrato N° 006-2021-AURORA al estado anterior a la emisión de las cartas declaradas nulas en el presente acto resolutivo. 

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad de Administración

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