Resolución de Gerencia General N.° 052-2025-ATU/GG

30 de abril de 2025

Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, durante el periodo que comprende el Año Fiscal 2025, las siguientes facultades:

En materia de Contrataciones Públicas:

a) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección, independientemente de la cuantía de la contratación.
b) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección en cualquier momento previo a la adjudicación de la buena pro, basada en razones de fuerza mayor o, de caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar o cuando en persistencia de dicha necesidad, el presupuesto inicialmente asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas.
c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités y expertos integrantes de los Jurados; así como aprobar su remoción, renuncia y designar a los nuevos integrantes.
d) Suscribir, en representación de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, los contratos y adendas derivados de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras.
e) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios, hasta por el máximo permitido por normativa aplicable, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria necesaria.
f) Autorizar la reducción de prestaciones en caso de bienes y servicios, hasta por el máximo permitido por la normativa aplicable.
g) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, asimismo suscribir los contratos correspondientes.
h) Resolver los contratos relativos a la contratación de bienes, servicios y obras por las causales reguladas en la normativa de contrataciones, comprendiendo las actuaciones previas para llegar a dicha determinación.
i) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por la normativa de contrataciones públicas.
j) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, derivadas de los procedimientos de selección.
k) Ejercer la representación de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU ante las entidades financieras, para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los contratistas.
l) Poner en conocimiento del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE, los hechos producidos por proveedores/as, participantes, postores/as y contratistas que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones, por infracción a la normativa de contrataciones.
m) Informar al Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE respecto a solicitudes de información de supervisión presentadas.
n) Aprobar, suscribir y observar las liquidaciones de obras y consultorías de obras que se presenten a la Entidad.
o) Aprobar las ofertas que superen el valor estimado o el valor referencial, según corresponda.
p) Aprobar los estudios definitivos y expedientes técnicos para el caso de ejecución de obras.
q) Aprobar el proceso de compatibilización para las contrataciones de bienes o servicios.
r) Aprobar otras modificaciones a los contratos, cuando no resulten aplicables las adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes al perfeccionamiento del contrato en los supuestos permitidos por la Ley General de ContratacionesPúblicas y su Reglamento.



Vista preliminar de documento 052-2025-ATU/GG

052-2025-ATU/GG

PDF
347.2 KB