Resolución de Gerencia General N.° 031-2025-ATU/GG
6 de marzo de 2025
De la conformación y objeto del Equipo Técnico de Fiscalización Posterior
1.1 Conformar el Equipo Técnico de Fiscalización Posterior de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU.
1.2 El Equipo Técnico de Fiscalización Posterior de la ATU tiene por objeto llevar a cabo la fiscalización posterior aleatoria, de oficio, a fin de verificar la autenticidad de los documentos, declaraciones, informaciones y/o traducciones proporcionadas por los administrados o sus representantes para el trámite de los procedimientos administrativos a iniciativa de parte contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente de la ATU, incluyendo la documentación sucedánea de los originales señalados en el artículo 41 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 141-2024-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la ejecución de la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos y para el funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo aplicables a las entidades de la administración pública
1.1 Conformar el Equipo Técnico de Fiscalización Posterior de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU.
1.2 El Equipo Técnico de Fiscalización Posterior de la ATU tiene por objeto llevar a cabo la fiscalización posterior aleatoria, de oficio, a fin de verificar la autenticidad de los documentos, declaraciones, informaciones y/o traducciones proporcionadas por los administrados o sus representantes para el trámite de los procedimientos administrativos a iniciativa de parte contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente de la ATU, incluyendo la documentación sucedánea de los originales señalados en el artículo 41 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 141-2024-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la ejecución de la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos y para el funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo aplicables a las entidades de la administración pública