Resolución Directoral N.° 004-2024-ATU/DIR

12 de febrero de 2024

 Determinar el uso de vía o carril para la circulación exclusiva en el recorrido comprendido entre Jr. Virú y Av. Samuel Alcázar, ubicado en la Av. Prolongación Tacna en el sentido Sur a Norte, para vehículos del servicio público de transporte terrestre de personas del Corredor Complementario Nº 03: Tacna – Garcilaso – Arequipa y del Corredor Complementario N° 04: Próceres – Abancay – Brasil  l, conforme el siguiente detalle: • Fijar carril derecho adyacente a la acera de la Av. Prolongación Tacna, sentido Sur – Norte (900 m.) tramo comprendido desde Jr. Virú hasta Av. Samuel Alcázar, para la circulación exclusiva de los servicios del Corredor Complementario Nº 03: Tacna – Garcilaso – Arequipa y del Corredor Complementario N° 04: Próceres – Abancay – Brasil. 

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