Resolución de Gerencia N.° 000012-2024-APRL-GG
Directiva para la Incorporación y Ejercicio de la Función de lntegridad en las Entidades de la Administración Pública - DIRECTIVA N° 001-2024- PCM/SIP
25 de junio de 2024
Conforme al principio de legalidad previsto en el numeral 1.1 del inciso 1 del artículo IV del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, "Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas (...)”; por lo que, de acuerdo al citado principio queda patente que las actuaciones que ejercite la Unidad Ejecutora Autoridad Portuaria Regional Lambayeque, concerniente a la incorporación y ejercicio de la función de integridad, se supeditan al estricto cumplimiento del marco legal vigente aplicable al régimen de integridad.