Comunicado N° 003-2024-APN

Comunicado
Comunicado N° 002-2024-APN

29 de febrero de 2024 - 9:05 a. m.

La Autoridad Portuaria Nacional (APN), de acuerdo con el artículo 163, numeral 163.2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444) menciona: “Todas las actuaciones deben foliarse, manteniéndose así durante su tramitación. Los expedientes que se incorporan a otros no continúan su foliatura, dejándose constancia de su agregación y su cantidad de fojas”.
 
En relación con lo dispuesto, se informa a la comunidad portuaria que los documentos en físico presentados a esta entidad deben estar foliados. Al respecto, se solicita que dicha foliación sea legible y sin enmendaduras, en la parte superior derecha de cada hoja del escrito presentado, de forma numérica y correlativa (de atrás hacia adelante) de tal manera que la última hoja del escrito presentado sea el folio 01.
 
Para la presentación de documentos se encuentra habilitado nuestro canal virtual: