Comunicado N° 003-2022-APN

Comunicado
Alerta sanitaria ante posible ingreso al país de Peste Porcina Africana

14 de febrero de 2022 - 5:46 p. m.

La Autoridad Portuaria Nacional (APN), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), pone en conocimiento de los prestadores de servicios portuarios básicos, agencias, empresas de estiba/desestiba, autoridades competentes, administradores portuarios y la comunidad portuaria en general, que se ha recibido la alerta sanitaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) ante el posible ingreso de la Peste Porcina Africana al país.
 
En esa línea, el SENASA ha dispuesto la prohibición del ingreso de mercancías de origen porcino al Perú, por aeropuertos, puertos marítimos o puestos de control fronterizos, que se trasladen en el equipaje acompañado de pasajeros y tripulantes procedentes de cualquier país, así como la disposición de residuos alimentarios, con el propósito de evitar la entrada del mencionado virus al territorio nacional.
 
En tal sentido, se exhorta a tomar las medidas que correspondan para dar cumplimiento a lo señalado y a las indicaciones emitidas por la SENASA: 
 
1.    Comunicar a todas las empresas navieras sobre la prohibición de ingreso de mercancías de origen porcino al territorio nacional (incluye el equipaje acompañado de las tripulaciones). 
 
2.    En caso de tripulantes que van a bajar de la nave, no podrán desembarcar residuos de alimentos. 
 
3.    Los residuos de alimentos de las naves deben ser dispuestos en contenedores herméticos a fin de evitar la diseminación mediante aves, roedores u otros animales, hasta que la empresa autorizada proceda a retirarlos. Los contenedores donde se colocarán los residuos de alimentos deberán estar ubicados en área exclusiva y lejos de las zonas de despacho. 
 
4.    Las empresas que retiran los residuos de alimentos deben estar autorizados por la autoridad competente de Perú y someter a tratamiento químico, térmico u otro equivalente que destruya patógenos, antes de su eliminación. 
 
5.    Se solicita presentar trimestralmente al SENASA información de la recolección de los residuos de alimentos, realizados por las empresas autorizadas, donde se incluya los volúmenes y el origen de las embarcaciones que generan estos residuos.