Comunicado N°005-2018-APN-GG

Comunicado
Modificación del TUPA y disposición de uso obligatorio del componente portuario de la VUCE para trámites de licencias de servicios portuarios básicos, agencias y empresas de estiba y desestiba, así como la aprobación de reglamentos internos.

2 de agosto de 2018 - 10:00 a. m.

La Autoridad Portuaria Nacional (APN) pone en conocimiento de la comunidad portuaria en general que mediante Resolución Ministerial N º 480-2018-MTC/01, se aprobó la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la APN, a través del cual se excluyen los procedimientos administrativos de renovación de licencias de agencias, estiba/desestiba y de servicios portuarios básicos, en cumplimiento de la política de simplificación administrativa y calidad regulatoria.

Por otro lado, el referido TUPA de la APN establece que los procedimientos - 04, 05, 06 y 07 se realizarán a través del Componente Portuario de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

En consecuencia, el uso del sistema VUCE es obligatorio para los trámites de las licencias de agencias, estiba/desestiba y de servicios portuarios básicos, (exceptuando la referida al mantenimiento de naves), así como el procedimiento destinado a la aprobación de los Reglamentos Internos. En tal sentido, las personas naturales y jurídicas que requieran realizar los mencionados trámites en la APN, deberán tomar las previsiones del caso para dar cumplimiento al TUPA de la APN, así como al Decreto Supremo N º 012-2013- MINCETUR y Resolución Ministerial N º 446-2017-MINCETUR.

Finalmente, los detalles respecto al uso del sistema vuce se encuentran contemplados en los videos instructivos que pueden ser descargados en los siguientes links: https://www.youtube.com/watch?v=t8HX2Vluznc y https://www.youtube.com/watch? v=mo­qR CGMNo, así como en el manual de uso del Componente Portuario de VUCE que se encuentra publicado en el portal oficial del MINCETUR en la siguiente dirección: https://www.vuce.gob.pe/

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