Comunicado N°004-2018-APN
ComunicadoCumplimiento de las medidas de simplificación administrativa para las entidades públicas.
26 de junio de 2018 - 11:45 a. m.
La Autoridad Portuaria Nacional (APN) hace de conocimiento de la Comunidad Portuaria y público en general que, según los artículos 3, 4 y 5 del Decreto Legislativo Nº 1246, norma que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, para realizar trámites NO es necesario presentar lo siguiente:
- Copia del DNI
- Copias de partida de nacimiento o de bautizo, excepto en los procedimientos donde resulte esencial acreditar la filiación
- Copias de partida de nacimiento o certificado de defunción emitidas en fecha reciente o dentro de un período máximo
- Legalización notarial de firmas, salvo que se exija por ley expresa
- Copia de la ficha RUC o certificado de información registrada en la SUNAT
- Certificados o constancias de habilitación profesional o similares expedidos por los colegios profesionales que se puedan verificar a través del respectivo portal institucional
- Copia de los grados y títulos
- Vigencia de poderes y representantes legales
- Titularidad o dominio sobre bienes registrados
- Antecedentes penales, judiciales o policiales
Autoridad Portuaria Nacional