Comunicado N°002-2020-APN

Comunicado
Adecuación ambiental de actividades, proyectos y/o servicios que no cuenten con certificación ambiental.

11 de febrero de 2020 - 10:00 a. m.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), mediante Decreto Supremo N° 040-2019- MTC, ha ampliado el plazo para que los titulares de proyectos, actividades y servicios que no cuenten con certificación ambiental puedan adecuarse a la normativa ambiental y puedan ser ejecutados. En tal sentido, los titulares de terminales portuarios y embarcaderos que no cuenten con certificación ambiental tendrán plazo hasta el 31 de marzo del presente año para manifestar su intención de acogerse a la adecuación ambiental, para lo cual deberán comunicar a la Dirección General de Asuntos Ambientales del MTC:

  1. Su interés de acogerse a la adecuación ambiental.
  2. La información sobre las actividades, proyectos y/o servicios iniciados.
  3. El respectivo mecanismo de implementación.

Cabe resaltar que, posterior al plazo establecido por el MTC, los titulares tendrán un periodo de 04 años para la presentación de su Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) y 03 años para cumplir con los compromisos establecidos en el mismo.

  • Acogimiento al PAMA: 90 días calendario para acogerse, contados desde la fecha de promulgación del D.S. 040-2019-MTC. Hasta el 31 de marzo de 2020.
  • Presentación del PAMA: 04 años para presentar el PAMA a la autoridad competente, contados desde la fecha de aceptación del acogimiento. Desde el 01 de abril.
  • Cumplimiento del PAMA: 03 años contados desde la fecha de aprobación del PAMA para cumplir con los compromisos contenidos en este.

Para acceder al citado Decreto Supremo, ingrese a: https://bit.ly/2vjXCNX

La presentación de la solicitud de acogimiento podrá ser remitida de manera física, por mesa de partes del MTC (incluye los Centros Desconcentrados Territoriales - CDT), y virtual, a través del correo consultasdgaam@mtc.gob.pe.

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