Comunicado N°008-2020-APN

Comunicado
Tramitación y vigencia de procedimientos administrativos

17 de marzo de 2020 - 9:00 a. m.

Los trámites para la aprobación de los Reglamentos Internos de Entidades que Explotan Infraestructura Portuaria de Uso Público en el país y sus modificatorias (TUPA 05), así como, para la Aprobación del Plan de Protección de Instalaciones Portuarias -comprende también aprobación de sus enmiendas- (TUPA 12), se continuarán tramitando de manera normal, conforme a los plazos y requisitos establecidos en el TUPA de la APN aprobado por Resolución Ministerial No. 467- 2019-MTC/01. El primero debe ser tramitado de manera electrónica, a través del Componente Portuario de la VUCE; y el segundo, mediante la mesa de partes electrónica de la APN al siguiente correo electrónico: mesadepartes@apn.gob.pe en el horario de lunes a viernes de 8:30 am a 5:30 pm.

El procedimiento administrativo de Otorgamiento de Recepción y Otorgamiento de Despacho de naves (TUPA 02 y TUPA 03) continúan efectuándose conforme los plazos y requisitos establecidos en el TUPA de la APN, aprobado por Resolución Ministerial No. 467-2019-MTC/01 y bajo las regulaciones establecidas en el Decreto Supremo No. 013-2011 -MTC, con excepción de la recepción de naves de crucero en viaje internacional.

Las Licencias de Operación otorgadas a las agencias marítimas, fluviales y lacustres, así como las otorgadas para la prestación de servicios portuarios básicos, cuentan con vigencia indeterminada en atención a lo dispuesto en el artículo 42 de la Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

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