Comunicado N°016-2020-APN

Comunicado
Tránsito de vehículos de carga, mercancías y actividades conexas vinculadas a la atención de la carga.

23 de marzo de 2020 - 11:30 a. m.

La Autoridad Portuaria Nacional (APN), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), informa a la comunidad portuaria en general, en el marco del Estado de Emergencia Nacional y la Inmovilización Social Obligatoria, lo establecido en el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 046-2020-PCM, que precisa el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM sobre el estado de Emergencia Nacional lo señalado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 0232-2020- MTC/01.02 y el Comunicado del Comando Conjunto MINDEFMININTER de fecha 18/03/20, respecto al personal y vehículos que pueden transitar durante el estado de Emergencia Nacional, que las actividades conexas al transporte de carga y mercancías en el ámbito portuario están consideradas en la excepción a la inmovilización social obligatoria.

Es por ello que, las personas y vehículos que realizan actividades vinculadas al transporte de carga y mercancías debidamente validado por el empleador, a través de la constancia de trabajo o fotochek, presentarán a los efectivos policiales o miembros de las FFAA que los intervengan, lo siguiente:

  • Documento Nacional de Identidad
  • Constancia de trabajo o fotochek validada por la empresa

El Centro de Control de la Autoridad Portuaria Nacional, atenderá las llamadas ante cualquier incidente de restricción de circulación de la carga y mercancía en los siguientes números telefónicos (01) 630 9600 Anexo 1508 – Cel: 998198517 – 980873769- 946238584- 946238117 - 946238614 o al correo electrónico cccre@apn.gob.pe.

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