Comunicado N°022-2020-APN
Comunicado
7 de abril de 2020 - 1:30 p. m.
La Autoridad Portuaria Nacional (APN), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), informa a la comunidad portuaria y público en general que, desde su creación en el año 2003 y como parte de sus funciones, la APN se ha encargado de supervisar la implementación del Código PBIP – Código Internacional para la Protección de los buques y de las Instalaciones Portuarias adoptado por la Organización Marítima Internacional (OMI) en los terminales portuarios del país, lo cual implica la elaboración de las matrices de riesgo y planes de protección de cada terminal portuario; asimismo, en el Capítulo III de la RAD No. 044-2017-APN/DIR se aprobó la creación de los Comités de Protección Portuaria que ejecutan la evaluación y el diagnóstico de la protección portuaria, así como la implementación de los respectivos planes, los mismos que requieren de la participación y compromiso de las autoridades y organizaciones privadas.
En el marco del Estado de Emergencia Nacional y la Inmovilización Social Obligatoria, y con el fin de mitigar la propagación del virus COVID-19 y proteger la salud de los trabajadores en los terminales e instalaciones portuarias, prácticos, agentes marítimos, prestadores de servicios y otros vinculados a nivel nacional, se ha tomado las siguientes acciones:
- Se difundió en el mes de enero del 2020, en forma inmediata y oportuna para su acción a las Oficinas Desconcentradas de la APN, las medidas recomendadas en las diferentes mesas técnicas de trabajo convocadas por el Ministerio de Salud, tales como el “Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente al riesgo de introducción del Coronavirus”, “Protocolos de Alerta Epidemiológica”, etc., así como su difusión a las autoridades y comunidad portuaria en general.
- Se coordinó y remitieron comunicaciones oficiales con fecha de 21 de febrero del 2020 a los Gobiernos Regionales, a efectos de implementar medidas inmediatas para el fortalecimiento de las actividades de control a las naves que ingresan a los diferentes puertos dentro de su ámbito de competencia; debiendo coordinar con el Ministerio de Salud, a través de sus respectivas Direcciones Regionales de Salud y unidades funcionales.
- Se publicó el Comunicado N° 001-2020-APN de fecha 31 de enero del 2020 para que se informe a través del proceso de recepción y despacho de naves en el Componente Portuario de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), las condiciones de salud de la tripulación, puertos de escala y otros puntos relevantes para evaluación de la Autoridad Sanitaria; de tal forma que las autoridades competentes tomen las acciones correspondientes. Se emitió el Comunicado N° 006-2020-APN de fecha 16 de marzo del 2020, sobre la intensificación del uso de medios electrónicos, en los diferentes procesos administrativos y operativos, evitando el contacto físico y el desplazamiento de personal; tales como: Juntas Operativas y PreOperativas virtuales, pagos electrónicos de los procesos, evitar la presencia física de los agentes marítimos en el proceso de recepción y despacho de naves, entre otros.
- Se comunicó con fecha 19 de marzo del 2020 a los Oficiales de Protección de las Instalaciones Portuarias (OPIP), para que se adopten medidas de emergencia frente al COVID – 19, tales como, la implementación al interior de sus respectivas instalaciones portuarias de estaciones para el lavado de manos y disponibilidad de desinfectantes de manos para todo el personal que ingresa a sus terminales, a raíz de lo cual, las propias instalaciones portuarios implementaron sus protocolos de emergencia.
- En el caso de APMT aprobó su Protocolo Corporativo el 11 de marzo del 2020 y DPW aprobó su Plan de Vigilancia y Control de Riesgo el 03 de abril del 2020.
- Se publicó mediante Comunicado N° 018-2020-APN de fecha 28 de marzo del 2020 recomendaciones para las instalaciones portuarias contra el COVID-19, aplicándolas a la gestión de prevención y control sanitario de todas las áreas, equipos, instalaciones y personal.
- Se ha dispuesto mediante RPD No. 007-2020-APN de fecha 07 de abril del 2020, como complemento al sistema PBIP, que se estandaricen los Sistemas de Gestión de Protección y Seguridad Portuaria de los terminales e instalaciones portuarias, a través de protocolos contra el COVID19, dictando para ello los lineamientos respectivos de carácter obligatorio.
Esta Autoridad Portuaria Nacional, viene supervisando en forma permanente, a nivel nacional, la implementación de medidas y protocolos de protección portuaria, específicamente las medidas preventivas sanitarias y las acciones a tomar en caso de infecciones, con la finalidad de proteger la salud de los usuarios y trabajadores de las instalaciones portuarias.
Se exhorta a toda la comunidad portuaria a implementar las medidas señaladas, así como a tomar las precauciones correspondientes en su centro de trabajo, sus domicilios y en todo lugar, manteniendo operativa la cadena logística del comercio exterior con el fin de asegurar el abastecimiento oportuno de los bienes que la sociedad necesita.
Autoridad Portuaria Nacional