Comunicado N°029-2020-APN

Comunicado
Se difiere el inicio de procedimientos administrativos sancionadores con relación al pago de la tasa por derecho de tramitación de los procedimientos administrativos de otorgamiento de recepción de naves y otorgamiento de despacho de naves en las regiones de la Amazonía.

2 de junio de 2020 - 9:00 a. m.

La Autoridad Portuaria Nacional (APN), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), informa a la comunidad portuaria de la zona fluvial (regiones Loreto y Ucayali) que, en el marco de la Emergencia Sanitaria y el Estado de Emergencia Nacional dispuestos por los Decretos Supremos N° 008-2020-SA y N° 044-2020-PCM, respectivamente, y con la finalidad de evitar aglomeraciones en las agencias del Banco de la Nación, se ha dispuesto diferir el inicio del procedimiento administrativo sancionador por la falta de pago de la tasa por derecho de tramitación de los procedimientos administrativos de Otorgamiento de Recepción de Naves y Otorgamiento de Despacho de Naves regulados por el artículo 9 del Decreto Supremo N° 013- 2011-MTC, que aprueba el Reglamento de Recepción y Despacho de Naves en los Puertos de la República del Perú (REDENAVES) y que se encuentran signados con los códigos APN-2 y APN-3 en el TUPA de la APN, mientras esté vigente la Emergencia Sanitaria, y sin perjuicio de la presentación de la respectiva declaración jurada de compromiso de pago.

En caso se proceda con el pago de la referida tasa antes del vencimiento del plazo señalado en el párrafo anterior, será de aplicación el eximente de responsabilidad administrativa establecido en el literal f) del artículo 257 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

Esta medida no supone una exoneración de pago ni el establecimiento de un eximente de responsabilidad adicional a lo regulado por la normativa vigente, por lo cual, se exhorta a los administrados a realizar el pago dentro de los plazos establecidos, sin perjuicio de la medida antes señalada.

Finalmente, se recuerda a la comunidad portuaria de la zona fluvial que se encuentra vigente la posibilidad de pago por concepto de Recepción y Despacho de Naves vía la pasarela de pago de la VUCE.

Comunicados de la APN 2020

Autoridad Portuaria Nacional