Comunicado N°035-2020-APN
Comunicado
14 de julio de 2020 - 12:00 p. m.
La Autoridad Portuaria Nacional (APN), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), comunica a la comunidad portuaria en general que, a través del Decreto Supremo Nº 013-2020-MTC, se modificó el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional (RLSPN), estableciéndose los procedimientos administrativos de Otorgamiento de Viabilidad Técnica Temporal Portuaria y Otorgamiento de Viabilidad Técnica Definitiva Portuaria. Al respecto, se indica que dichos procedimientos deben ser tramitados considerando los requisitos establecidos en el mencionado decreto supremo. Asimismo, se comunica que los procedimientos administrativos antes mencionados se encuentran exentos de pago por derecho trámite hasta que sean incorporados en Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la APN, conforme con lo establecido en el numeral 40.4 del artículo 40 del Texto único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Autoridad Portuaria Nacional