Resolución de Acuerdo de Directorio N.° 0099-2024-APN-DIR
Aprobar la modificación del Anexo 1 “PUERTOS DONDE LA AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL EJECUTARÁ EL PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN Y DESPACHO DE NAVES"
16 de diciembre de 2024
Aprobar la modificación del Anexo 1 “PUERTOS DONDE LA AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL EJECUTARÁ EL PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN Y DESPACHO DE NAVES” del Reglamento para la Recepción y Despacho de Naves en los Puertos de la República del Perú, aprobado por Decreto Supremo No. 013-2011-MTC, en el cual se excluye a los puertos de Chimbote y Huarmey del listado de “PUERTOS DE ALCANCE REGIONAL” y se les incluye en el listado de “PUERTOS DE ALCANCE NACIONAL”; precisando que tienen una delimitación jurisdiccional en el litoral marítimo desde los límites de las Regiones de La Libertad y Ancash hasta Isla Grita Lobos y en el litoral marítimo desde Isla Grita Lobos hasta los límites de las Regiones de Ancash y Lima, respectivamente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Acuerdo de Directorio