OC N° 44-2025-JUS/DGTAIPD - Sobre el funcionario competente de atender la solicitud de información pública, los funcionarios obligados de encauzarla internamente y las particularidades si lo realiza el FRAPI, el cómputo de plazo de atención en este supuesto, así como la configuración de infracciones vinculadas a estos aspectos y su imputación

Opinión

24 de noviembre de 2025

Opinión Consultiva N° 44-2025-JUS/DGTAIPD - Sobre el funcionario competente de atender la solicitud de información pública, los funcionarios obligados de encauzarla internamente y las particularidades si lo realiza el FRAPI, el cómputo de plazo de atención en este supuesto, así como la configuración de infracciones vinculadas a estos aspectos y su imputación

Esta publicación pertenece al compendio Opiniones Consultivas emitidas por la ANTAIP

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Sobre el funcionario competente de atender la solicitud de información pública, los funcionarios obligados de encauzarla internamente y las particularidades si lo realiza el FRAPI, el cómputo de plazo de atención en es

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