OC Nº 50-2020-DGTAIPD - Sobre si debe considerarse como poseedor de la información a las Oficinas de Tecnologías de Información de las entidades públicas en el marco del procedimiento de acceso a la información pública

Opinión

4 de diciembre de 2020

Opinión Consultiva No. 50-2020-DGTAIPD - Sobre si debe considerarse como poseedor de la información a las Oficinas de Tecnologías de Información de las entidades públicas en el marco del procedimiento de acceso a la información pública.

Esta publicación pertenece al compendio Opiniones Consultivas emitidas por la ANTAIP

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Sobre si debe considerarse como poseedor de la información a las Oficinas de Tecnologías de Información de las entidades públicas en el marco del procedimiento de acceso a la información pública

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