OC Nº 31-2018-JUS/DGTAIPD - Si la relación de «Activos de Información» que se encuentra en posesión o control de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales puede ser información clasificada como excepción al acceso a la información pública.

Opinión

28 de junio de 2018

Opinión Consultiva N° 31-2018-JUS/DGTAIPD - Si la relación de «Activos de Información» que se encuentra en posesión o control de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales puede ser información clasificada como excepción al acceso a la información pública.

Esta publicación pertenece al compendio Opiniones Consultivas emitidas por la ANTAIP

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