OC Nº 03-2018-JUS/DGTAIPD - Sobre la validez de la notificación realizada con posterioridad al plazo de dos días establecido en el inciso b) del artículo 11 del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Opinión
5 de enero de 2018
Opinión Consultiva N° 03-2018-JUS/DGTAIPD - Sobre la validez de la notificación realizada con posterioridad al plazo de dos días establecido en el inciso b) del artículo 11 del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Esta publicación pertenece al compendio Opiniones Consultivas emitidas por la ANTAIP