Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales multa a agencia de viajes con más 30 UIT por mal uso de datos de salud

Nota de prensa

3 de julio de 2018 - 4:28 p. m.

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (APDP) impuso una multa de 30.25 Unidades Impositivas Tributarias (equivalentes a S/. 116,462.5) a Domiruth Travel Service S.A.C., debido a que en el año 2015 solicitó un examen médico que incluía la prueba de VIH a un postulante al puesto de trabajo de “Ejecutivo de Producto Receptivo”.

La persona que ocuparía dicho puesto se encargaría de brindar información a los clientes sobre paquetes de viaje y cotizaciones solicitadas. Los datos de salud son datos considerados sensibles, es decir, datos personales de mayor protección y solo se pueden pedir cuando sea realmente necesario para la finalidad legítima para la cual son recopilados, en este caso, para determinar si un postulante a un empleo está apto para el mismo, desde un punto de vista físico o mental.

La prueba de VIH, de acuerdo a las normas laborales, solo se puede solicitar en casos de actividades de alto riesgo, vinculadas al sector salud o centros penitenciarios. Así, para la Autoridad Nacional, queda claro que las actividades que realizaría este postulante al empleo no se encontraban relacionadas a alguna actividad del sector salud o centro penitenciario, por lo que resultaba desproporcional, a su juicio, solicitar la prueba de VIH como parte de los exámenes médicos previos a la contratación. Este fue el razonamiento empleado para justificar la multa impuesta (Resolución N° 04-2018-JUS/DGTAIPD).

La APDP cuenta con un correo electrónico a través del cual recibe las denuncias en caso de mal tratamiento de datos personales: protegetusdatos@minjus.gob.pe