Resolución de la Oficina de Administración N.° 00237-2024-ANIN/OA
23 de diciembre de 2024
Artículo 1.- Rectificar el error material incurrido en la parte resolutiva de la Resolución de la Oficina de Administración Nº 00225-2024-ANIN/OA de fecha 12 de diciembre de 2024, debiendo considerarse en el siguiente termino:
“DICE: (…) “Reconocer el pago de los expedientes por Obligaciones de Ejercicios Anteriores de los Miembros de la Junta de Resolución de Disputas (DAB), por concepto de honorarios mensuales, honorarios diarios y reembolso de gastos, por el importe equivalente a US$ 34,153.27 (Treinta y cuatro mil ciento cincuenta y tres con 27/100 dólares americanos),según el detalle que obra en el Informe N° D00000185-2024-ANIN/OA-UC, que forma parte integrante de la presente.”
“DEBE DECIR: (…) “Reconocer el pago de los expedientes por Obligaciones de Ejercicios Anteriores de los Miembros de la Junta de Resolución de Disputas (DAB), por concepto de honorarios mensuales, honorarios diarios y reembolso de gastos, por el importe equivalente a US$ 34,153.27 (Treinta y cuatro mil ciento cincuenta y tres con 27/100 dólares americanos),según el detalle que obra en el Informe N° D00000193-2024-ANIN/OA-UC, que forma parte integrante de la presente”.”
“DICE: (…) “Reconocer el pago de los expedientes por Obligaciones de Ejercicios Anteriores de los Miembros de la Junta de Resolución de Disputas (DAB), por concepto de honorarios mensuales, honorarios diarios y reembolso de gastos, por el importe equivalente a US$ 34,153.27 (Treinta y cuatro mil ciento cincuenta y tres con 27/100 dólares americanos),según el detalle que obra en el Informe N° D00000185-2024-ANIN/OA-UC, que forma parte integrante de la presente.”
“DEBE DECIR: (…) “Reconocer el pago de los expedientes por Obligaciones de Ejercicios Anteriores de los Miembros de la Junta de Resolución de Disputas (DAB), por concepto de honorarios mensuales, honorarios diarios y reembolso de gastos, por el importe equivalente a US$ 34,153.27 (Treinta y cuatro mil ciento cincuenta y tres con 27/100 dólares americanos),según el detalle que obra en el Informe N° D00000193-2024-ANIN/OA-UC, que forma parte integrante de la presente”.”