Solicitar la aprobación de estudios de aprovechamiento de recursos hídricos para la obtención de la licencia de uso de agua subterránea o superficial

Podrás solicitar la autorización de aprobación de los estudios de aprovechamiento de recursos hídricos para la obtención de la licencia de uso de agua superficial, que otorga la Autoridad Nacional del Agua (ANA), a través de la Autoridad Administrativa del Agua.

Requisitos

Para el caso de proyectos en el marco del Decreto Supremo Nº 022-2016-MINAGRI, solo se presentan la solicitud conforme al Formulario N° 001 y Formulario N° 002.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Al ingresar, deberás dar clic en el botón "Siguiente" hasta la tercera pestaña, luego en "Tipo de trámite" elige la opción "TUPA" y selecciona "TUPA 013 - Aprobación de estudios de aprovechamiento de recursos hídricos para la obtención de la licencia de uso de agua subterránea o superficial". Tendrás que llenar tus datos y luego ir cargando los documentos requeridos.

Estará disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana; no obstante, la tramitación se realizará de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 4:30 p. m.

Solicita la autorización

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Hazlo en 4 pasos:

1. Dirígete a la sede más cercana

En Lima, ve a la sede central de ANA, ubicada en Calle Diecisiete N° 355, Urb. El Palomar, San Isidro de lunes a viernes de 10:00 a. m. a 7:00 p. m. y espera tu turno para ser atendido.

En otros departamentos, puedes acercarte a nuestras oficinas desconcentradas y de enlace de 08:00 a. m. a 05:00 p. m.

2. Identifícate

Lleva contigo tu documento de identidad (DNI) y muéstralo cuando te lo soliciten.

3. Presenta tu Solicitud

Presenta el formulario con tu solicitud y los documentos requeridos, dirigido al Responsable de Transparencia de la Autoridad Nacional del Agua, Autoridad Administrativa del Agua o a la Administración Local del Agua, según corresponda.

Este trámite es gratuito.

5. Esperar el documento solicitado

La ANA cuenta con hasta 30 días hábiles para resolver la solicitud.La respuesta al ciudadano es enviada a su domicilio o al correo electrónico que autorice en cualquier etapa del procedimiento, de acuerdo a lo previsto en el artículo 20° del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.