ANA orienta a usuarios de agua para que efectúen el cambio de titularidad en la licencia de uso de agua
Nota de prensaDecreto supremo 022-2016-Minagri, faculta a las administraciones locales de agua a otorgar licencia de uso de agua por cambio de titular del predio.


29 de diciembre de 2023 - 2:02 p. m.
La Autoridad Nacional del Agua (ANA), del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), a través de la Administración Local de Agua Grande, orienta a los usuarios de agua sobre el procedimiento de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular, con el objetivo de actualizar el Registro Administrativo de Derecho de Uso de Agua (RADA) y el Padrón de Usuarios de Agua (PUA) y sincerar la información que contiene dichos registros.
Según lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 022 - 2016 – MINAGRI, a solicitud de los administrados se puede efectuar la extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua por cambio de titular o actividad; siempre que presente en su solicitud, la copia de la resolución que otorgó el derecho de uso de agua, acompañado del documento que acredite la titularidad a favor del solicitante y constancia de no adeudar la tarifa o retribución económica, según corresponda.
Desde la entrada en vigor de este dispositivo legal, se ha atendido alrededor de 114 solicitudes de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua superficial y subterránea por cambio de titular, tanto para el uso poblacional y agrario. Es importante resaltar que estos trámites no tienen ningún costo y en un plazo no mayor de diez (10) días, se procede con el cambio de la titularidad de la licencia de uso de agua, en las mismas condiciones.
German Flores Arizaca, Administrador Local de Agua Grand; indicó que se coordina con las juntas de usuarios tanto de Nasca y Palpa, para actualizar los derechos de uso de agua, ya que se ha detectado que, alrededor del 25% de usuarios que figuran en el padrón han fallecido y sus beneficiarios no han efectuado el cambio de titularidad del derecho de uso de agua.
Agregó, que de acuerdo con la Ley 29338-Ley de Recursos Hídricos; dentro de las causales para extinguir los derechos de uso de agua, figuran la muerte del titular del derecho, así como la falta del ejercicio del derecho durante dos (2) años consecutivos o acumulados en un periodo de cinco (5) años sin justificación. Finalmente hizo un llamado a los usuarios de agua, que se acerquen a las oficinas de la Administración Local de Agua Grande, ubicada en la Av. La Cultura S/N-Bisambra, en Nasca; para tener más información.