Moquegua: ANA formaliza derechos de uso de agua con la entrega 377 certificados nominativos
Nota de prensaBeneficiando a comisiones de usuarios Sojamure-Cayman, Talahuayo y Torca-Matarani en la provincia General Sánchez Cerro.



21 de diciembre de 2023 - 2:19 p. m.
Moquegua. - La Autoridad Nacional del Agua (ANA) a través de la Administración Local de Agua (ALA) Tambo Alto Tambo, entregó 377 certificados nominativos como parte de la formalización de los derechos de uso de agua de los agricultores de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Puquina La Capilla, de la provincia General Sánchez Cerro, con el objetivo de otorgar seguridad jurídica y promover la sostenibilidad hídrica para una buena gobernanza y gestión del agua.
En una breve y significativa ceremonia, que contó con la presencia de las autoridades locales del distrito La Capilla, Bernardo Nina, Administrador Local de Agua Tambo Alto Tambo, entregó los certificados nominativos a las comisiones de usuarios de Sojamure-Cayman (167 certificados), Talahuayo (93) y Torca-Matarani (117).
Nina Visa resaltó el compromiso de la ANA en la formalización de los derechos de uso de agua, a fin de promover la gestión de los recursos hídricos por cuencas y agradeció la gran acogida al Programa de Fortalecimiento de las Juntas de Usuarios de Agua y el cumplimiento de metas a favor de los agricultores del distrito de La Capilla.
Por su parte, Madan Olin, presidenta de la comisión Sojamure-Caymán, Ricardo Villegas, presidente de la comisión Talahuayo y Martin Chire, presidente de la comisión Torca- Matarani, agradecieron el apoyo técnico y orientación para el cumplimiento de este objetivo anhelado por mucho tiempo.
Inmediatamente, los certificados nominativos se inscribirán en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua (RADA) que cuentan con la aprobación de la ALA Tambo Alto Tambo.
Estos documentos representan la parte de la asignación de agua que corresponde a cada uno de los integrantes del bloque de riego. También, otorgan a sus titulares, con relación a dicha parte, los mismos derechos y obligaciones que las licencias de uso de agua individuales. (Artículo 78 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos).