Arequipa: Culmina con éxito el VII Foro "Infracciones y procedimiento administrativo sancionador en recursos hídricos"

Nota de prensa
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21 de julio de 2023 - 5:11 p. m.

En Arequipa, a través del fortalecimiento de capacidades y fomento de la cultura del agua, la Autoridad Nacional del Agua, mediante la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocoña, llevó a cabo con éxito el VII Foro "Infracciones y procedimiento administrativo sancionador en recursos hídricos". Este evento tuvo lugar el 20 de julio en las instalaciones de la Universidad Continental.

El profesional del área legal de la AAA Caplina-Ocoña, Juan Romero, brindó una exposición que permitió conocer el marco legal referente al proceso administrativo sancionador, procedimientos y competencias institucionales que la ley confiere a la Autoridad Nacional del Agua.

También se dio a conocer información respecto a las actividades de fiscalización, las cuales constituyen el conjunto de actos y diligencias de investigación, supervisión, control o inspección sobre el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, derivados de una norma legal o reglamentaria, bajo un enfoque de cumplimiento normativo, de prevención y gestión del riesgo y tutela de bienes jurídicos protegidos.

Según se indicó, es necesario considerar el siguiente marco normativo:
- Constitución Política del Perú, inciso 22 de artículo 2 y artículo 66.
- Ley N.° 28611, Ley General del Ambiente.
- Ley N.° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
- Decreto Supremo N.° 008-2005-PCM, Reglamento de la Ley N.º 28245.
- Ley N.° 26821, Ley orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
- Código Penal.
- Ley N.° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
- Decreto Supremo N.° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
- Decreto Supremo N.° 006-2015-MINAGRI, que aprobó la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos.
- Decreto Supremo N.° 002-2008-MINAM, que aprobó los estándares nacionales de calidad de ambiental para agua.
- Decreto Supremo N.° 031-2010-SA, Reglamento de Calidad de Agua para el Consumo Humano.

Siendo los de carácter específico:
- Resolución Jefatural N.° 007-2015-ANA, Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.
- Decreto Supremo N.° 007-2015-MINAGRI que regula los procedimientos de formalización y/o regularización de licencias de uso de agua.
- Decreto Supremo N.° 022-2016-MINAGRI, disposiciones especiales para simplificar procedimientos administrativos.
- Resolución Jefatural N.° 484-2012-ANA, Metodología de Formalización de Usos de Agua Poblacional y Agrario.
- Resolución Jefatural N.° 315-2014-ANA, Reglamento del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas.
- Resolución Jefatural N.° 332-2016-ANA, Reglamento para la Delimitación de Fajas Marginales
- Resolución Jefatural N.° 892-2011-ANA, Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica.
- Resolución Jefatural N.° 010-2016-ANA Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad de los Recursos Hídricos Superficiales.
- Directiva General N.° 007-2014-ANA-J-DARH, Normas para la Tramitación del Procedimiento Administrativo Sancionador por Transgresión a la Legislación de Recursos Hídricos.
- Decreto Legislativo N.° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.
- Decreto Supremo N.° 019-2017-VIVIENDA, Reglamento de Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.
- Decreto Supremo N.° 007-2006-VIVIENDA, que aprobó el Plan Nacional de Saneamiento 2006-2015.
- Decreto Supremo N.° 003-2010-MINAM, que aprobó los Límites Máximos Permisibles para los efluentes de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales Domésticas o Municipales.
- Ley N.° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.